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EL PLENO DE JCE APRUEBA ELIMINACIÓN DEL ARRASTRE EN 26 PROVINCIAS Y EN 5 LO MANTIENE.

El pleno de la Junta Central Electoral aprobó  a unanimidad este martes la eliminación del arrastre de senadores por los votos de los diputados en las 26 provincias que no han sido divididas en circunscripciones electorales.

La decisión fue aprobada por los miembros de la JCE de conformidad a las disposiciones de la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 15-19, en su Sesión Administrativa Extraordinaria No.15/19.

“En todas aquellas provincias que no han sido divididas en circunscripciones electorales para la escogencia de diputados y diputadas por circunscripción territorial, habrá cuatro boletas, una por cada nivel de elección: Presidencial, Senatorial de Diputaciones y Municipal, tal y como lo establece el artículo 92 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No.15-19”.

Es lo que se establece en  la decisión tomada por el pleno del organismo electoral este martes en la relación al voto de arrastre entre senadores y diputados.

Entre las veintiséis provincias que utilizarán cuatro boletas, una para cada nivel de elección, figuran Bahoruco, Elías Piña, Hato Mayor, Independencia, Pedernales, San José de Ocoa,  Barahona,  Peravia,  Azua,  San Juan, Duarte, La Altagracia y San Pedro de Macorís.

El pleno de la Junta Central Electoral también dispuso que, de forma excepcional y a los fines de  “cumplir con lo dispuesto por el Párrafo IV del Artículo 104 de la Ley No.15-19:

“Únicamente en el Distrito Nacional y aquellas provincias que estén divididas en circunscripciones electorales para la elección de diputados y diputadas por circunscripción territorial, se les computarán todos los votos obtenidos por el partido en la provincia a los candidatos a senadores”.

La decisión establece que las únicas demarcaciones que conforme a las disposiciones mencionadas tienen circunscripciones electorales son el Distrito Nacional y las provincias de La Vega, Puerto Plata, San Cristóbal, Santiago y Santo Domingo.