Continúan los operativos de interdicción por parte de la Dirección General de Migración, en las comunidades Bateyeras de las Provincias Barahona, Bahoruco e Independencia de la Región Enriquillo en la República Dominicana.
A diario llueven las denuncias de promotores de Derechos Humanos de esas comunidades, de que esa institución, acompañada por miembros del ejército de República Dominicana, se presentan a cualquier hora, sobre todo a altas horas de la noche y madrugada y sin mediar palabra se meten en viviendas, romper puertas, apresan a personas con fines de deportación.
Estos operativos de interdiccion son aprovechados por Agentes Migratorios y Militares para detener, maltratar y saquear todo lo que encuentran a su paso, dinero, celulares y otras pertenencias propiedad de los detenidos.
En los mismos apresan a personas migrantes en condiciones irregulares, migrantes regulados y dominicanos y dominicanas, muchas veces con sus documentos en manos.
Estos acontecimientos están sucediendo, sin un representante del Ministerio Público, ni la orden expresa de un Juez.
A eso de las 2:30 de la madrugada de este viernes 17 de julio, agentes migratorios y efectivos del ejército de República Dominicana, realizaron un operativo de detención en la comunidad de Batey #7, del Municipio de Cristobal, Provincia Independencia y detuvieron a varias personas.
Entre las personas detenidas se encuentran los Jóvenes Francisco Martinez, hijo de la Señora Mensulia Martinez, quien cuenta con sus documentos al día, Francisco Martinez cuenta con su acta de nacimiento para fines de cédula de identidad y electoral.
Mientras que el Joven Lucas Eduardo Méndez Derisier, tiene un proceso abierto en la Junta Central Electoral, para fines de documentación, Lucas es hijo de un reconocido dirigente del Movimiento Popular y Campesino Luis Eduardo Méndez, conocido por todo el mundo en la región Enriquillo, ya fallecido.
Ambos jóvenes fueron sacados de sus viviendas a la fuerza por los agentes de migración, violando la intimidad de sus viviendas y los derechos fundamentales de ellos y sus familias.
La Ley 285-04, General de Migración, no autoriza que agentes migratorios y miembros del ejército de RD, entren a una vivienda en horas de la noche. La propia Ley de control migratorio prohíbe tal acción, y es además una violación a la Constitución y las garantías fundamentales.
La Constitución de la República, en su artículo 44, protege la inviolabilidad del domicilio. En un principio, para entrar en una vivienda se requiere.
El consentimiento del ocupante, o una orden escrita emitida por una autoridad judicial competente, salvo las excepciones expresamente previstas por la Ley.
Por tanto, el hecho de que sean agentes de control migratorio o militares, no les da por sí solo, el derecho a ingresar a una vivienda a altas horas de la noche, sin autorización o sin que exista una excepción legal aplicable.
Si ese ingreso se realiza sin una base legal para ello, puede ser impugnado por violar derechos Constitucionales y Fundamentales.
